Empezamos el año con un cambio legislativo muy positivo para los que quieran realizar “Mecenazgo”. Cualquier persona física o jurídica puede hacer donaciones a fundaciones y obtener deducciones fiscales del 35-50%.
Tener un espíritu solidario y ayudar al cumplimiento de los fines fundacionales de una Fundación es uno de los grandes placeres que cualquiera puede experimentar en su vida.
Se trata de una cuestión de cultura, conocimiento y, sobre todo, generosidad, para devolverle a la sociedad todo lo que nos ha ayudado.
Donar a una fundación es un sentimiento muy profundo, por todo lo que ello conlleva. Es una forma de sentirnos bien con nosotros mismos y de hacer sentirse bien a los demás. Son estímulos positivos que recibe el cerebro, el cual responde liberando endorfinas, las hormonas de la felicidad.
En el año 1996, el embajador Jose Antonio de Urbina y de la Quintana, Marqués de Vado, asumió la presidencia de la Fundación Instituto Europeo de Salud y Bienestar Social, constituida el 13 de diciembre de 1996. Y la convirtió en un verdadero paradigma de filantropía de la salud.
La misión diplomática del embajador Urbina, fallecido el 3 de noviembre de 2014, ha dejado una huella imborrable. En su etapa mantuvo una estrecha relación con el Parlamento Europeo, en la etapa de José María Gil-Robles como presidente, y con Loyola de Palacio como Vicepresidenta de la Comisión Europea.
En el año 1997el Premio Nobel, Bernard Lown, de Harvard (fallecido a los 99 años), cardiólogo y descubridor del síndrome de Lown-Ganong-Levine, creó los cimientos de los Premios de la Excelencia Sanitaria en el seno del Instituto Europeo de Salud y Bienestar Social y participó junto con el Ministro de Sanidad, José Manuel Romay Becaria en uno de sus Foros de debate.
Los Premios de la Excelencia son galardones que han recibido personalidades, como ministros de sanidad, defensor del pueblo, así como médicos de gran prestigio como el doctor Valentín Fuster, entre otros.
En el año 2001, asumió la presidencia el doctor Manuel de la Peña Alonso-Araujo, impulsando la filosofía de humanización de la medicina, otorgándole un gran protagonismo a las asociaciones de pacientes y situándolas en la diana de los sistemas sanitarios.
En el período 2024-2030 el Instituto Europeo de Salud y Bienestar Social focalizará todos sus recursos en facilitar el acceso de los pacientes a los tratamientos innovadores y a la investigación en longevidad. Su propósito es potenciar sus relaciones institucionales con centros de investigación y universidades, especialmente con Harvard.
En este sentido, cualquiera puede hacer mecenazgo y donar como particular o empresa a la cuenta ES65 2100-5731-77-0200069665 (Caixa), en concepto de ayuda a la investigación en Longevidad. La propia Fundación Instituto Europeo de Salud y Bienestar Social expedirá un certificado de donación, ya sea a un particular o una empresa, con la que podrá obtener una desgravación fiscal, que según cada caso oscilará entre el 35-50%.
En definitiva, el fomento del mecenazgo es una realidad gracias a la aprobación del Real Decreto de medidas urgentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este Real Decreto modifica la ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Por todo ello, la modificación de la Ley de Mecenazgo contempla la mejora de su régimen de incentivos fiscales, con el fin de crear un marco jurídico, fiscal y laboral adecuado para el sector de la cultura y otros, que permita mejorar la protección social de los distintos agentes y aumentar la participación de inversores.
El objetivo es fomentar el mecenazgo en todos los sectores económicos. Se pretende potenciar figuras como el micromecenazgo o la donación continuada y aumentar la participación de inversiones privadas. En concreto, con los cambios introducidos se incrementan los incentivos fiscales al mecenazgo, tanto si es efectuado por personas físicas, como por personas jurídicas o por no residentes.
En el caso de las personas físicas, se eleva del actual 35% al 40% el porcentaje de deducción aplicable con carácter general. Además, se amplía la cuantía del micromecenazgo, de 150 a 250 euros, por lo que se incentiva la generación de este tipo de donativos, ya que esa ampliación de la cuantía permite aplicar el porcentaje del 80% a una mayor cantidad de donativos.
Por otra parte, se reduce de 4 a 3 años el número de ejercicios en los que tiene que hacer donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio anterior, para acceder a un incremento de 5 puntos en el porcentaje de deducción, de tal forma que en esos casos de donación continuada el porcentaje pasaría a ser del 45%.
En el caso de personas jurídicas, se incrementa el porcentaje de deducción, que pasa del 35 al 40%, para potenciar el incentivo. Además, se reduce de 4 a 3 años el número de ejercicios necesarios para poder acceder al incremento de 10 puntos en el porcentaje de deducción. De esta forma, ese porcentaje alcanzaría el 50%.
Entre las modificaciones que se efectuarán en la Ley de Mecenazgo también se encuentra la actualización de la lista de actividades económicas que, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro pueden gozar de la exención en el Impuesto de Sociedades. En concreto, se incorporan las acciones de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social o las actividades de educación de personas con altas capacidades, entre otras.